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Multan a Gallardo y no podrá estar en el banco ante Gremio

El entrenador de River fue suspendido por un partido por la CONMEBOL y no podrá estar en el partido de vuelta de la semifinal de la Copa Libertadores.

El Muñeco Gallardo no podrá estar en el campo de juego mañana frente a Gremio luego que la Conmebol lo sancione con una fecha, más 1,5 mil dólares al DT y otros 20 mil dólares de multa al club por haber ingresado “tarde” al segundo tiempo de la primera semifinal en el Monumental.


De este modo y por quinta vez desde que es entrenador de River, el entrenador millonario, deberá dejar su cargo en manos de Matías Biscay su ayudante de campo. Lo que aún no está claro es en que lugar podrá ver el partido Gallardo y sí lo autorizarán a estar en contacto por algún medio con el banco de suplentes y sus colaboradores.


Vale recordar que Biscay dirigió en cinco oportunidades ante otras sanciones al Muñeco, con tres triunfos y dos empates. La primera vez fue en la Libertadores 2015, en el empate 1-1 ante Juan Aurich y luego dirigió en el recordado 2-2 ante Tigres de México. En aquel partido ante Aurich ni siquiera pudo pisar el vestuario y tuvo un enviado de la Conmebol que lo persiguió para que no salga de la concentración.


Biscay además estuvo al mando en la final frente a Tigres en el Monumental, porque Gallardohabía sido expulsado en la ida.


Un año más tarde y por el ámbito local, estuvo al frente en la victoria por 2-0 ante Rafaela, y en esta Copa no pudo estar en el banco cuando le ganó a Racing 3-0 en la vuelta de los octavos de final de esta Copa.


Lo cierto es que durante las últimas competiciones a River le cayeron 14 sanciones y un total de 113 mil dólares.


El fallo completo de CONMEBOL:

El Juez Único del Tribunal de Disciplina, RESUELVE:

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.


2º. SUSPENDER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO por un partido. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en el Artículo 76.1 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.


3º. IMPONER al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO una multa de USD 1.500 (MIL QUINIENTOS DÓLARES ESTADOUNIDENSES), en virtud al Artículo 12.6 del Reglamento Disciplinario. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.


4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE y al Señor MARCELO DANIEL GALLARDO que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será considerada como situación agravante. Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días desde el siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

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