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#Cerrillos Desobedeció ocho veces la orden judicial: entraba a la casa de su madre, robaba y terminó condenado

Las denuncias fueron radicadas por la progenitora del acusado, contra quien se había dictado la exclusión de hogar desde septiembre de 2024 y, a pesar de las medidas cautelares vigentes, ingresó al domicilio, provocó daños y sustrajo elementos.


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El auxiliar fiscal Roque López Hinojo, por expresas directivas de la fiscal penal Mónica Viazzi, representó al Ministerio Público Fiscal ante el Juzgado de Garantías 3, en la audiencia de prisión preventiva seguida contra un hombre de 20 años, acusado de los delitos de desobediencia judicial (ocho hechos), hurto (siete hechos), robo y daños.

El imputado registraba, desde noviembre del 2024, numerosos ingresos en diferentes días y horarios al domicilio donde vive su madre en el barrio Los Paraísos, sin contar con su autorización y haciendo caso omiso de las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de Violencia Familiar en diciembre de 2023.

Durante algunos de esos ingresos, el sujeto sustrajo diversos elementos en reiteradas oportunidades, tales como una  balanza, un cargador de celular, un nebulizador, un portatermo, útiles escolares, un termo, un alargador y una parrilla, entre otros objetos.

En enero pasado, el acusado, luego de saltar un alambrado y provocar daños en la puerta de ingreso de la vivienda de su madre, sustrajo dos colchas, una caja de cubiertos y un cargador de celular.

La imputación por el delito de daños corresponde a un hecho ocurrido en la madrugada del 23 de octubre pasado, cuando el acusado ingresó nuevamente al domicilio donde reside su madre y le solicitó dinero.

Ante la negativa de la damnificada, el sujeto se tornó agresivo y dañó la cajonera de un modular y la puerta de la vivienda. Además, propinó puntapiés a los bienes de propiedad de su progenitora.

El Juez Marcelo Pastrana, luego de recibir la confesión del acusado, lo condenó a la pena de siete meses de prisión de cumplimiento condicional.

Además, le impuso al condenado el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por un período de dos años: someterse al cuidado del Programa de Inserción Social de Presos y Liberados de la provincia, prohibición de ejercer actos de violencia, prohibición de acercarse a menos de 500 metros de los denunciantes, tratamiento psicológico, previa determinación de su necesidad por parte del Servicio de Psicología del Poder Judicial y consigna ambulatoria en el domicilio de la damnificada hasta nueva orden o botón antipánico.

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