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Potrero de Uriburu: Sospechoso de faenar ganado fue condenado por desobedecer una orden judicial

El hombre incumplió una restricción de residencia impuesta por el Juzgado de Garantías y fue visto en la zona durante los días prohibidos.


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El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Alejandro Escalante, representó al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de juicio abreviado  en la que un hombre resultó condenado por la comisión del delito de desobediencia judicial (dos hechos en concurso real).


El imputado, quien registraba antecedentes y fue declarado reincidente por primera vez, recibió una pena de prisión efectiva, la cual se tuvo por cumplida al momento de la sentencia.

La investigación se originó a raíz de la denuncia de un productor agropecuario del Paraje Potrero de Uriburu, dedicado a la cría de ganado vacuno y equino. El damnificado advirtió durante el mes de julio la falta de un novillo de su propiedad y, posteriormente, en septiembre, la sustracción de otros dos animales.

El denunciante manifestó haber sospechado del imputado, dado que —según refirió— era conocido en la zona por sustraer animales para faenarlos o venderlos, e incluso por sobreponer marcas para apropiarse del ganado ajeno.

Por su parte, un vecino del denunciante declaró que el día 17 de septiembre observó el regreso de un toro al que se le había colocado un lazo en el cuello, elemento que posteriormente fue reclamado por familiares del acusado, quienes sostuvieron que les pertenecía. Ante esta situación, el vecino se negó a devolverlo y radicó la denuncia correspondiente, entregando el lazo como elemento probatorio.

Dicho vecino también relató que, en los días previos y posteriores al hecho, el acusado y sus familiares fueron vistos recorriendo la propiedad del damnificado, coincidiendo con las fechas en que se produjo la desaparición de los animales.

Por disposición del fiscal Escalante,  se comisionó personal de la Sección Policía Rural, Ambiental y de Protección de Bienes Culturales de El Carril, para realizar una inspección en el lugar.

Durante las tareas de constatación, los efectivos hallaron en la ribera del río Grande, frente al domicilio del acusado, un cuero vacuno sumergido y parcialmente pelado, atado a un palo, lo que evidenciaba una maniobra destinada a borrar la marca de propiedad.

De acuerdo con los informes técnicos y las declaraciones testimoniales recabadas, el animal hallado habría sido recientemente faenado. Diversos vecinos y trabajadores del paraje prestaron declaración testimonial, señalando haber observado al acusado merodeando la zona en los días de los hechos, pese a que sobre él pesaban medidas judiciales vigentes que le prohibían permanecer en Potrero de Uriburu, en virtud de una medida sustitutiva de prisión preventiva dispuesta en una causa penal anterior por el Juzgado de Garantías competente.

Dicha prohibición había sido establecida en razón de antecedentes de conflictos y denuncias en su contra en esa misma zona, vinculados con sustracción de animales (abigeato) y conductas intimidatorias hacia vecinos. El objetivo de la medida era prevenir nuevos incidentes y proteger a los residentes del lugar, evitando que el imputado retomara contacto con las presuntas víctimas o testigos de la causa precedente.

Con el cúmulo probatorio reunido —testimonios, informes de constatación, elementos secuestrados y documentación judicial—, la Fiscalía formalizó la imputación por dos hechos de desobediencia judicial en concurso real.

En el marco de un juicio abreviado, el imputado reconoció su responsabilidad penal, acordándose una pena de prisión efectiva, la cual se tuvo por cumplida, en virtud del tiempo que permaneció privado de su libertad durante el proceso. El tribunal interviniente homologó el acuerdo, declarando la reincidencia del condenado y dando por concluidas las actuaciones judiciales.

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