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Un padre abusó de su hija de 17 años mientras dormían en la misma cama

Al momento del hecho, la víctima tenía 17 años, y el acusado utilizó su relación de confianza y autoridad sobre ella para cometer el abuso.


La fiscal penal interina de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual (UDIS), Celina Morales Torino, representó al Ministerio Público Fiscal ante la Sala VI del Tribunal de Juicio del Distrito Centro, en la audiencia de debate contra un hombre de 53 años, acusado del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la guarda y la convivencia.

El hecho denunciado tuvo lugar en la vivienda familiar, cuando el acusado abusó sexualmente de su hija de 17 años mientras compartían la misma cama.

La madre de la menor y pareja del acusado advirtió que su hija se comportaba de manera extraña. Durante una conversación, la adolescente se mostró angustiada y comenzó a llorar. Posteriormente, su hija mayor le confirmó que su hermana había sido víctima de abuso.

La víctima, por su parte, se resistía a radicar denuncia, puesto que el propio acusado le decía que nadie le creería y la trataba de mentirosa.

Durante la audiencia, la perito psicóloga destacó el profundo impacto personal que el abuso generó en la víctima. Los informes periciales respaldan el testimonio de la entonces menor de edad, evidenciando un relato consistente en el tiempo, que detalla cómo el acusado intentó silenciarla y la justificación de género –por ser hombre-, usada por este para naturalizar el abuso.

En los fundamentos de la acusación, la fiscal Morales Torino sostuvo que se trata de un caso de  una gravedad extrema, al tratarse de un padre que, lejos de cumplir con su rol de cuidado y protección, utilizó la vulnerabilidad de su hija de 17 años para satisfacer sus impulsos sexuales.

El juez José Luis Riera condenó al acusado a la pena de ocho años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por considerarlo responsable en calidad de autor del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y la convivencia preexistente con menor de 18 años.

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