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#RosarioDeLerma Dejó morir a su perro en estado de abandono extremo

Se trata de la propietaria de un perro que presentaba desnutrición severa y una infección avanzada, fue internado de urgencia en una veterinaria y falleció días después pese a la atención recibida.


El fiscal penal de Rosario de Lerma, Daniel Escalante, imputó a una mujer de 48 años de edad, acusada del delito de maltrato animal, bajo la modalidad de comisión por omisión.

La intervención de la Fiscalía se produjo a partir de una denuncia radicada el pasado 26 de enero por una mujer, quien tomó conocimiento, a través de proteccionistas de la zona de Campo Quijano y de Rosario de Lerma, de un presunto caso de abandono y actos de crueldad contra un perro, posteriormente identificado como “Hércules”.

Según consta en la denuncia, el animal se encontraba abandonado frente a un domicilio del barrio 2 de Abril, en un estado de extrema gravedad. Vecinos del lugar señalaron que el can pertenecía a integrantes de una familia, quienes habrían omitido de manera prolongada brindarle alimentación, resguardo y atención veterinaria, pese al visible deterioro de su salud.

Ante la alerta, proteccionistas trasladaron de urgencia al animal a un centro veterinario de la localidad de Cerrillos, donde fue atendido. El diagnóstico indicó desnutrición severa y miasis avanzada, con destrucción irreversible de parte del rostro del animal, lo que motivó su internación. Pese a los esfuerzos médicos, el can falleció días después, tras un prolongado período de agonía.

Durante la investigación se incorporaron declaraciones testimoniales, informes policiales, actas de inspección ocular, material fotográfico, historia clínica veterinaria y constancias médicas, elementos que permitieron reconstruir el cuadro fáctico y determinar que el animal habría permanecido en esas condiciones durante un lapso prolongado, sin recibir asistencia alguna por parte de quien tenía el deber de cuidado.

El fiscal Escalante sostuvo que los hechos investigados encuadran, en esta etapa inicial, en el delito de maltrato animal, previsto en los artículos 1 y 3 inciso 7° de la Ley 14.346, destacando que se trata de un delito que puede configurarse tanto por acción como por omisión, cuando quien se encuentra en posición de garante incumple de manera grave su deber de protección.

En ese sentido, fundamentó la imputación en doctrina y jurisprudencia especializada, citando, entre otros, a Eugenio Raúl Zaffaroni, quien reconoce al animal como sujeto de derecho frente a la crueldad humana, así como desarrollos doctrinarios que sostienen la punibilidad de la comisión por omisión, cuando la falta de auxilio, alimentación o atención veterinaria deriva en sufrimientos innecesarios o en la muerte del animal.

Asimismo, se hizo referencia a estándares internacionales como la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, que reconoce a los animales como seres sintientes, y a corrientes bioéticas que refuerzan la obligación jurídica y moral del ser humano de evitar padecimientos evitables, en línea con el concepto de biocidio como forma extrema de crueldad.

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