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ARCA: lo que tenés que saber sobre la devolución del 30%

El organismo dispuso una plataforma online para hacer la gestión en caso que los contribuyentes hayan realizado pagos con tarjetas extranjeras o compras en dólares. Los detalles en la nota.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), durante los últimos días, habilitó un sistema digital para que los contribuyentes puedan solicitar la devolución de los montos cobrados en concepto de percepciones por gastos en el exterior durante 2025 .

Estos cargos se aplicaron automáticamente en pagos con tarjetas extranjeras o en compras de divisas . El procedimiento para reclamar varía según la situación fiscal de cada persona: depende de si está alcanzada por Ganancias o Bienes Personales , por lo que no existe un único trámite para todos.

Quiénes pueden pedir la devolución de ARCA del 30% por gastos en dólares

El reintegro del 30% sobre gastos en dólares se aplica a distintos tipos de contribuyentes según su situación fiscal. Pueden solicitarlo quienes no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales , como algunos monotributistas , jubilados sin retenciones y trabajadores con ingresos por debajo del mínimo imponible .

También tienen derecho al reintegro quienes sufrieron retenciones del Impuesto a las Ganancias durante 2025, ya sea por salarios o jubilaciones , ya que esas percepciones se pueden recuperar al hacer la liquidación anual.

Además, los contribuyentes inscriptos en Ganancias o Bienes Personales pueden descontar las percepciones del 30% del impuesto a pagar o generar un saldo a favor, de acuerdo con la normativa vigente.


Cómo es el trámite

  • Para quienes no pagan Ganancias ni Bienes Personales, el trámite se hace online en ARCA: elegir período, revisar montos automáticos y cargar manualmente lo que falte con respaldo.

  • Asalariados y jubilados con retenciones deben usar Siradig Trabajador, completando datos personales, laborales y percepciones. La devolución llega en la liquidación anual de Ganancias.

  • Quienes están inscritos en Ganancias o Bienes Personales incluyen las percepciones en su declaración anual. Si hay saldo a favor, puede compensar otros impuestos o solicitarse el reintegro.

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