Se trata de FabiĆ”n Antonio Sarmiento, de 37 aƱos, a quien la fiscal penal, Claudia Carreras, de la Unidad de Grave Atentados contra las Personas de OrĆ”n, imputĆ³ el delito de homicidio simple por entender que el acusado obrĆ³ con ādolo eventualā, ya que debiĆ³ ārepresentarse la responsabilidad del resultado muerte como consecuencia de su comportamiento al conducirā.
La imputaciĆ³n penal fue formalizada ayer en la fiscalĆa de la ciudad de OrĆ”n. El acusado, en tanto, se abstuvo de prestar declaraciĆ³n indagatoria. La fiscal, por su parte, solicitĆ³ que se mantenga la detenciĆ³n del mismo y solicitĆ³ una serie de diligencias procesales complementarias, entre ellas la confirmaciĆ³n del registro de alcohol en sangre del imputado.
El hecho, segĆŗn surge del decreto de imputaciĆ³n, ocurriĆ³ el sĆ”bado pasado alrededor de las 18, cuando la policĆa a partir del alerta del AlfĆ©rez Jonathan BenĆtez, quien fue el primero en tomar intervenciĆ³n tras el impacto de los vehĆculos, en la ruta 50 a la altura del acceso a la finca Demisa.
De acuerdo a los reportes de la policĆa, el accidente se produjo cuando el acusado, al volante de un taxi rural, Fiat Siena, circulaba de norte a sur por la ruta, mientras el segundo rodado, una motocicleta, de 125 cilindradas, conducida por Leonardo Jaimez, lo hacĆa en sentido contrario.
Al tomar intervenciĆ³n, la policĆa pudo advertir que el acusado y su acompaƱante, Ć©ste Ćŗltimo tĆo de la vĆctima y del conductor, evidenciaban estar alcoholizados, por lo que se sometiĆ³ a una prueba de alcoholemia, la que dio un registro de 3.56 de alcohol en sangre, sobre Fabian Antonio Sarmiento, quien conducĆa el taxi rural.
No obstante ello, la fiscalĆa ordenĆ³ la toma de muestra de sangre del acusado, con la cual ahora se lleva adelante un estudio a fin de confirmar la graduaciĆ³n de alcohol en sangre, prueba que estĆ” a cargo del Cuerpo de Investigaciones Fiscales.
Tras reunir las pruebas obtenidas en la escena del hecho, tanto periciales como declaraciĆ³n de testigos, la fiscal Carreras dispuso la imputaciĆ³n en contra de Sarmiento por el delito de homicidio simple, el que contempla una escala penal de 8 a 25 aƱos de prisiĆ³n.
Para Carreras el acusado obrĆ³ con ādolo eventualā, ya que debiĆ³ ārepresentarse la responsabilidad del resultado muerte como consecuencia de su comportamiento al conducirā. La fiscal explicĆ³ que Sarmiento conducĆa de norte a sur por la ruta 50 en estado de ebriedad.
AgregĆ³ que a la altura del lugar de impacto, el acusado ācambiĆ³ de carril de forma intempestiva, y producto de ello colisionĆ³ de frente con una motocicleta que circulaba en sentido contrarioā, la cual era conducida por la vĆctima.
Como resultado del impacto, agregĆ³ la fiscal, Jaimez perdiĆ³ la vida, por lo que resaltĆ³ que el conductor actuĆ³ con ādolo eventualā, ya que lo hacĆa en un estado que podĆa causar el resultado lamentablemente alcanzado en una ruta transitada y lo hacĆa ācumpliendo un servicio de transporte pĆŗblicoā.