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Procesan al "Teto" Medina por el abuso sexual a una expareja y lo embargan por mƔs de $20 millones

El exconductor de radio y TV Marcelo "Teto" Medina fue procesado, aunque sin prisiĆ³n preventiva, por "abuso sexual reiterado" y "amenazas" a una expareja por una serie de hechos ocurridos en 2019 y terminĆ³ embargado en mĆ”s de 20 millones de pesos, informaron hoy fuentes judiciales.



La resoluciĆ³n -a la que accediĆ³ TĆ©lam- fue dictada por el juez nacional en lo Criminal y Correccional 28, MartĆ­n Del Viso, en el marco de una causa que se iniciĆ³ a partir de las denuncias de MĆ³nica FernĆ”ndez, expareja de Medina (61), quien, en relaciĆ³n a su ocupaciĆ³n, estĆ” identificado en la causa como "periodista, operador socioterapĆ©utico especialista en adicciones y psicĆ³logo social en adicciones".


Del Viso considerĆ³ a Medina (61) autor de los delitos de "abuso sexual con acceso carnal reiterado en tres oportunidades" (tiene penas de 6 a 15 aƱos de cĆ”rcel) y "amenazas coactivas con la utilizaciĆ³n de armas" (de 3 a 6 aƱos de prisiĆ³n) todos en concurso real entre sĆ­, esa decir que, ante una eventual condena, se suman las penas.


En el inicio de su resoluciĆ³n el juez hizo una sĆ­ntesis de los vaivenes judiciales que tuvo la causa por cuestiones de dificultad probatoria o de competencia, hasta recaer en su juzgado.


Incluso, recordĆ³ que la propia fiscalĆ­a que llevaba adelante la investigaciĆ³n dictaminĆ³ en algĆŗn momento a favor del sobreseimiento de Medina, por lo que sĆ³lo avanzĆ³ con el impulso de la querella, representada por el abogado Alejandro Cipolla.


A Medina se le imputan cuatro hechos, todos ocurridos en 2019: uno de ellos en un hotel alojamiento llamado "Venus" del barrio porteƱo de Villa del Parque, otro en el hotel "CristĆ³foro Colombo" de Palermo, otro en un domicilio de la localidad bonaerense de JosĆ© MĆ”rmol y el Ćŗltimo, donde exhibiĆ³ armas, dentro de un automĆ³vil cuando circulaban por la Capital Federal.


Los detalles de todos estos eventos serĆ”n resguardados para preservar la intimidad de la denunciante, aunque en uno de los pĆ”rrafos de la resoluciĆ³n el juez Del Viso resaltĆ³ que la propia vĆ­ctima expresĆ³ que "Medina tenĆ­a muchas actitudes retorcidas durante la prĆ”ctica sexual".


AdemĆ”s de procesarlo, Del Viso dispuso dictar contra Medina una perimetral a partir de la cual el conductor televisivo no puede acercarse a menos de 500 metros de FernĆ”ndez y de su entorno familiar por el tiempo que dure el proceso, medida argumentada en el marco de la Ley 26.485 de ProtecciĆ³n Integral de la Mujer.


El magistrado aclara que esa prohibiciĆ³n de contacto tambiĆ©n incluye "telĆ©fonos fijos y/o celulares, el envĆ­o de mensajes de texto, WhatsApp, y/o correo electrĆ³nico, Facebook, Tik Tok y/u otras redes sociales, o por intermedio de terceras personas".


TambiĆ©n dispuso trabar un embargo por 20.258.430 pesos, sobre los bienes del acusado, en funciĆ³n una eventual indemnizaciĆ³n civil y otros gastos del proceso.


"El comportamiento denunciado asume una clara modalidad de violencia fĆ­sica, psicolĆ³gica y principalmente sexual", resaltĆ³ el magistrado al referirse a los hechos denunciados.


Del Viso explicĆ³ que "son ciertas las complejidades que presentan los delitos de la especie, pues en su mayorĆ­a ocurren en Ć”mbitos de la intimidad desprovistos a priori de otras pruebas que no fuera la denuncia de la agraviada".


Pero remarcĆ³ que "la versiĆ³n de la querellante se mostrĆ³, aĆŗn con sus vaivenes, siempre orientada en dar a conocer su padecer y si bien pudo incurrir en ciertas inconsistencias no debe olvidarse que debiĆ³ referirse en mĆ”s de una ocasiĆ³n a situaciones que fueran disruptivas para su psiquismo, pues asĆ­ lo dio a entender su propio terapeuta".


Y resaltĆ³ que "brindĆ³ un detallado cuadro de los ataques que padeciera a instancias del imputado y pudo ubicarlos en tiempo y espacio".


En sus declaraciones indagatorias, "Teto" siempre se defendiĆ³ argumentando que las denuncias eran falsas "por despecho" y que todas las prĆ”cticas sexuales que mantuvo con FernĆ”ndez contaban con su consentimiento, pero el juez lo descartĆ³ por el simple hecho de creer en la palabra de la vĆ­ctima y en la "secuelas que padeciera".


"Para volver al consentimiento que Medina dijo ha mediado en cada encuentro con FernĆ”ndez, entiendo que su ausencia no solo despunta de lo expresado por la propia mujer en este sentido y cuya negativa debe ser evaluada con la amplitud probatoria que exige la ley 26.485, sino que la argumentaciĆ³n de la defensa resulta contradictoria con las constancias de la causa", argumentĆ³ Del Viso. "Si bien no existieron testigos directos de los hechos, propio a la naturaleza de los casos en los que se victimiza sexualmente a una mujer, debe decirse que no se advierten seƱales que habiliten a dudar sobre la versiĆ³n de la vĆ­ctima. Por el contrario, se acumularon suficientes indicios serios, graves y concordantes que convencen sobre la positiva ocurrencia de los sucesos", concluyĆ³ el juez.


En septiembre del aƱo pasado, "Teto" Medina, quien se hizo conocido por su paso en el programa Videomatch en la dĆ©cada del '90, pasĆ³ seis dĆ­as detenido hasta que fue excarcelado, en el marco de una causa tramitada por la Justicia de Quilmes en la que se lo acusa de "asociaciĆ³n ilĆ­cita, reducciĆ³n a la servidumbre, trabajo forzoso, abandono de persona y usurpaciĆ³n de autoridad y de tĆ­tulo" en la comunidad terapĆ©utica "La RazĆ³n de Vivir", donde vivĆ­an jĆ³venes con consumos problemĆ”ticos de drogas.


Medina continĆŗa ligado a esa causa que fue instruida por la Unidad Fiscal de Delitos Conexos a la Trata de Personas, PornografĆ­a Infantil y Grooming de Berazategui , a cargo del fiscal Daniel Ichazo, pero que en este momento estĆ” bajo la revisiĆ³n de la Suprema Corte de Justicia bonaerense para ver si pasa al fuero federal, ya que se analiza tambiĆ©n la figura de la "trata de personas".

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