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#Estupro En las prĆ³ximas horas llegarĆ” a Salta una menor rescatada en Bolivia

Una menor de 15 aƱos que se habĆ­a fugado de su hogar, fue localizada en la ciudad de La Paz y tras realizar los tramites pertinentes, serĆ” trasladada a la ciudad de Salta para su revinculaciĆ³n familiar. Se solicitĆ³ la detenciĆ³n de un hombre de 30 aƱos por los delitos de instigaciĆ³n a la fuga y estupro.

La FiscalĆ­a Penal de Cerrillos, a cargo de Gabriel Portal, iniciĆ³ actuaciones preliminares a partir de la denuncia radicada el 4 de Diciembre por la madre de la menor, donde seƱalaba que habĆ­a salido de su casa para hacer un viaje de con sus compaƱeros de escuela y no regresĆ³.


Las averiguaciones fueron iniciadas por el grupo de investigaciĆ³n del Sector NĀŗ 81 que con distintas pesquisas pudo establecer que la adolescente se encontraba en Bolivia.


Con la intervenciĆ³n de la DivisiĆ³n de Trata de Personas de la PolicĆ­a de la Provincia y con la colaboraciĆ³n de las autoridades consulares argentinas y del vecino paĆ­s, se logrĆ³ ubicar a la menor en Villa Victoria de la ciudad de la Paz.


Del trabajo investigativo desplegado se estableciĆ³ que la menor entablĆ³ un vĆ­nculo con un hombre a travĆ©s de la red social Facebook y que luego de un activo intercambio, a travĆ©s del paso fronterizo de La Quiaca, ingresĆ³ a ese paĆ­s y se estableciĆ³ en la vivienda de Hebber Rodrigo Alanoca Nina de 30 aƱos.


Las autoridades bolivianas realizaron un allanamiento en la vivienda y se procediĆ³ a la detenciĆ³n del sospechoso, de su madre y un hermano y se puso a resguardo a la menor, a la espera de concretar los tramites pertinentes para su repatriaciĆ³n.


La Justicia del vecino paĆ­s imputĆ³ a los tres detenidos por el delito de trata de personas y explotaciĆ³n laboral y sexual.


Desde la FiscalĆ­a Penal de Cerrillos se solicitĆ³ la detenciĆ³n de Hebber Rodrigo Alanoca Nina por los delitos de instigaciĆ³n a la fuga y estupro en perjuicio de la adolescente y se giraron las actuaciones a la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual.


Asimismo se dio intervenciĆ³n a la AsesorĆ­a de Menores e Incapaces en turno para que se arbitren las medidas de protecciĆ³n a la menor y su revinculaciĆ³n familiar.


El estupro

Es un delito sexual que se produce cuando una persona, generalmente mayor de edad, mantiene relaciones sexuales con una persona adolescente que consiente la relaciĆ³n.


Se alcanza el grado de sometimiento cuando el autor tiene la intenciĆ³n de poner a la vĆ­ctima bajo su control como mero objeto de placer, nociĆ³n que posee un componente objetivo y otro subjetivo: por un lado, el uso de violencia y, por el otro, el Ć”nimo particular de someter a la vĆ­ctima como objeto sexual.


De esta manera, la duraciĆ³n del abuso o la circunstancia de su ejecuciĆ³n son condiciones necesarias pero no suficientes para dar realidad al sometimiento: Ć©ste requiere, a su vez, que el autor tome a la vĆ­ctima como simple objeto de sus necesidades sexuales, pues aquĆ­ es precisamente donde se consuma la degradaciĆ³n de la persona, cuando ella es tratada como objeto, como medio para un fin.


El 14 de abril de 1999 el Congreso de la NaciĆ³n Argentina sancionĆ³ la ley 25.087 reformando radicalmente la tipificaciĆ³n del delito de estupro del artĆ­culo 120, sin utilizar esa palabra para denominarlo.


A partir de entonces se considera #estupro una amplia gama de actos sexuales practicadas por una persona mayor de edad con una "persona menor de diecisiĆ©is aƱos" y desde trece aƱos cumplidos, siempre y cuando el autor se hubiese aprovechado "de su inmadurez sexual", ya sea por recurrir a la diferencia de edad o por tener una relaciĆ³n de preeminencia.


La jurisprudencia exige que haya habido "seducciĆ³n real", esto es falsas promesas, regalos, engaƱos o actitudes cuestionables destinadas a lograr que la vĆ­ctima acceda a la relaciĆ³n sexual.


Los actos sexuales tipificados en el delito estƔn definidos en dos grandes grupos:

a) "acceso carnal por cualquier vĆ­a"

b) "sometimiento sexual gravemente ultrajante". El "acceso carnal por cualquier vĆ­a" incluye penetraciĆ³n vaginal, anal y oral, y excluye penetraciĆ³n con objetos.

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