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El Senado emitió dictamen para la Reforma Laboral y busca sancionarla el viernes 27 de febrero

El oficialismo en la Cámara Alta avanza con el proyecto que impulsa el Gobierno.

Tras el resonante triunfo obtenido en la madrugada de este viernes en Diputados, el gobierno de Javier Milei apretó el acelerador a fondo para apurar el trámite legislativo de la reforma laboral y obtuvo esta tarde el dictamen en el Senado, con lo cual llevará el proyecto al recinto el próximo 27 de febrero para convertirlo en ley antes de la apertura de sesiones ordinarias.

Tras ser aprobada en Diputados, el polémico proyecto tuvo que regresar al Senado (la cámara de origen en este caso) ya que anoche se le introdujeron cambios (se eliminó el Artículo 44 que castigaba a los trabajadores por enfermarse). Por ello el Senado deberá ahora, o bien insistir con el texto original o bien aprobar el proyecto corregido en la cámara revisora. Ya no podrá introducir nuevos cambios, simplemente elegir entre esas dos opciones.

La estrategia parlamentaria para apurar los tiempos fue coordinada por la conducción del bloque libertario junto a autoridades de comisiones, que convocaron a una reunión para firmar el despacho con el nuevo texto. El objetivo político es claro: llegar al 1° de marzo, cuando el presidente Milei inaugure el período ordinario del Congreso, con una de sus reformas estructurales ya sancionada.

Que decía el artículo 44 de la reforma laboral

El artículo 44 de la reforma laboral, ahora eliminado por Diputados (aunque podría ser repuesto en el Senado) modificaba el régimen de licencias por enfermedad.

Entre otras modificaciones, proponía segmentar el pago del salario según el origen de la afección y el comportamiento del trabajador, estableciendo porcentajes diferenciados y plazos más estrictos para el cobro del sueldo durante el período de enfermedad.

La propuesta contemplaba que, en aquellos casos en los que se comprobara una conducta voluntaria y riesgosa por parte del empleado, el salario durante la licencia bajara al 50% y, para el resto de los casos, se redujera al 75% del sueldo habitual. Además, se introducían límites para enfermedades crónicas y restricciones específicas para episodios repetidos en el tiempo.

Se proponían límites temporales de tres meses para quienes no tuvieran personas a cargo y seis meses para quienes sí las tuvieran, junto a una cláusula que exigía un plazo mínimo de dos años entre episodios de enfermedades crónicas para habilitar un nuevo derecho a cobro. Es decir que si padecía cáncer y se debía seguir un tratamiento al trabajador se le recortaría el 25% de su sueldo y si al año y medio sufría una recaída su empleador podía dejar de pagarle mientras se volvía a someter al tratamiento médico.

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