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#Capital Condenado por tocarle la cola a una mujer en una conocida pileta de natación privada

Luis Gerardo Zelaya (55) fue condenado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (tres hechos), en concurso real.



La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, ordenó que el condenado permanezca en libertad por la modalidad de la pena impuesta y le fijó las siguientes reglas de conducta por el término de dos años: constituir domicilio y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados; procurar y mantener una actividad laboral lícita y de acuerdo a sus capacidades; someterse a tratamiento psicológico para el control de sus impulsos y a los efectos de revalorizar el rol de la mujer en la sociedad, y presentar trimestralmente ante el tribunal las constancias que den cuenta de su evolución; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en perjuicio de la denunciante; prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, ya sea en forma personal o por cualquier medio tecnológico (whatsapp, skype, facebook, etc.). Todo ello con apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.

La jueza ordenó la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos.  

El imputado fue denunciado por someter a tocamientos impúdicos a una mujer en una pileta de natación privada de la ciudad de Salta. La denunciante relató que realizaba la actividad por prescripción médica, en el horario de 21 a 22, bajo la supervisión de una docente. Concurría a clases junto a otras personas que conformaban el grupo estable de la docente.

La damnificada relató que una noche, mientras nadaba por el segundo andarivel, sintió que le tocaban la cola y alcanzó a observar que se trataba del imputado, quien se encontraba en el tercer andarivel, apoyado en una tabla. La denunciante no lo ubicaba porque no era un concurrente habitual del natatorio. 


La denunciante pensó que había sido un roce accidental y siguió con la práctica, pero a los pocos minutos la situación se repitió en dos ocasiones, con tocamientos más violentos. Al advertir que el accionar era premeditado, salió de la pileta e increpó al imputado, quien la observó sin responderle.

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